Reglamentos, normativas y protocolos

Reglamento del Alumno de Postgrado y Postítulo

Puedes conocer aquí el Reglamento del Alumno de Postgrado y Postítulo. Se trata de una información de importancia y que está al servicio de los alumnos.

Es importante que todos los alumnos de la UANDES conozcan los siguientes documentos.

Se entiende por convalidación de estudios el acto académico y administrativo en virtud del cual una o más asignaturas cursadas y aprobadas en otra carrera de la Universidad o en otra universidad (nacional o extranjera con la que no se tenga convenio de intercambio, se consideran equivalentes a una o más asignaturas de un programa de estudios vigente de la Universidad de los Andes.

Tipos de convalidaciones:

  1. Convalidación interna: convalidación de asignaturas cursadas y aprobadas en otras carreras de la Universidad de los Andes.
  2. Convalidación externa: convalidación de asignaturas cursadas y aprobadas en otras universidades chilenas o extranjeras con las que no se tenga convenio de intercambio.

Requisitos para convalidar una o más asignaturas:

  1. Que el contenido de la asignatura cursada por el alumno se corresponda a lo menos en un setenta y cinco por ciento (75%) con el contenido de la asignatura por convalidar.
  2. Que cumpla con el criterio de nota mínima exigido por la Unidad Académica correspondiente.
  3. Que tenga una carga académica equivalente o mayor en número de créditos SCT/ECTS que la asignatura por convalidar. Si la asignatura fue cursada en una universidad que no utiliza créditos SCT /ECTS como sistema de medición, esta deberá ser equivalente en número de horas presenciales a la asignatura por convalidar. No se convalidarán las asignaturas cursadas que tengan menos créditos o carga académica/lectiva que la asignatura por convalidar. Sin perjuicio de lo anterior, la Facultad o Escuela correspondiente podrá no convalidar si existieren diferencias de exigencia entre la asignatura cursada y la asignatura por convalidar.

Pago de derechos:

Solo las convalidaciones externas pagarán un derecho. El monto estará fijado en el Reglamento de Matrículas y Aranceles y podrá modificarse cada año.

Procedimiento y documentación a presentar:

El alumno que solicite una convalidación, deberá reunir los siguientes documentos:

  1. Formulario de solicitud de convalidación (descargar PDF).
  2. Certificado de Notas, autentificado por la autoridad académica respectiva de la universidad de origen, que contenga las asignaturas cursadas, sus calificaciones y la escala de notas.
  3. Programas de asignaturas cursadas autentificados por la autoridad académica respectiva, en el que, además de los objetivos, contenido y bibliografía de cada una de ellas, se haga mención del número de horas presenciales y/o créditos académicos de cada asignatura cuya convalidación se solicita.
  4. Resguardo de haber pagado los derechos correspondientes, cuyo monto está fijado en el Reglamento de Matrícula y Aranceles de la Universidad de los Andes. 

El alumno debe presentar un formulario de solicitud único por todas las posibles convalidaciones de asignaturas cursadas por asignaturas por convalidar de su malla.

Asignaturas extranjeras:

En el caso de asignaturas cursadas en una universidad extranjera que no tiene convenio de intercambio con la Universidad de los Andes, los documentos deberán presentarse visados por el Ministerio de Educación de Chile, previa validación en el país de origen por los organismos competentes.

Plazo para presentar la solicitud:

El alumno debe presentar la solicitud de convalidación de asignaturas en su unidad académica al momento de matricularse, y tendrá un plazo de tres días para presentar la documentación requerida.

Lugar de presentación:

La solicitud y documentación complementaria deberá ser presentada en la respectiva Unidad Académica, la que remitirá dicha solicitud a la Dirección de Pregrado informando de su parecer.

Resolución:

La Dirección de Estudios de la unidad académica resolverá sobre la convalidación y la dará a conocer a la Dirección de Procesos y Servicios Académicos y al alumno en un plazo máximo de diez días hábiles desde la fecha de matrícula del alumno.