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Miércoles 2 de Octubre de 2019
Su defensa se basó en aquellos contratos o pactos que los accionistas de una sociedad de capital pueden celebrar, con el objeto de obligarse a votar de un modo determinado o determinable en la junta, o bien a abstenerse de votar en ella.
Pactos sobre el voto en la junta de accionistas de la sociedad de capital. Validez y eficacia es el título de la tesis que Pablo Manterola defendió ante el tribunal compuesto por los profesores María Fernanda Vásquez (Universidad de Talca), Jorge Noval (Universidad de Navarra) y Manuel Bernet (Universidad de los Andes).
Ante la pregunta, ¿por qué era necesaria esta tesis? Manterola comentó que el tema ha sido materia fecunda en literatura, para él la necesidad de este trabajo era indispensable, y “no para sistematizar ese material sino para someterlo a crítica. Los pactos de accionistas plantean un problema jurídico hasta ahora sin respuesta satisfactoria: ¿puede un pacto de accionistas condicionar el régimen la sociedad de capital de referencia, o bien despliegan sus efectos en órdenes completamente diferentes e independientes? Este es el problema: la conexión entre pacto y sociedad”, concluyó.