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Viernes 1 de Octubre de 2021
El profesor Gonzalo García Palominos, presentó la ponencia “El modelo del “acuerdo ilícito”: ¿principio de solución para la distinción entre el cohecho del art. 248 CP e hipótesis de colaboración privada a la función pública o financiamiento ilegal de la política?
En esta expuso los desafíos dogmáticos que presenta el delito de cohecho (art. 248 y ss. CP) en particular, luego que se introdujeran importantes modificaciones por medio de la Ley N° 21.121, de 20 de noviembre de 2018. Aquello ha generado una intensa discusión dogmática vinculada tanto a aspectos teleológicos como al significado de la estructura de los tipos penales.
En especial, se problematizo la incorporación de la exigencia de que el beneficio ofrecido o aceptado ya no sea sólo económico sino de cualquier naturaleza y la incorporación de la nueva hipótesis delictiva del cohecho “en razón del cargo”. Ambos elementos, sumados al alto rango de pena, plantean serios problemas de contenido y delimitación. Esto, porque estas modificaciones permitirían acoger como cohecho no sólo cualquier liberalidad, sino también cualquier contribución privada al desarrollo de la función pública o cualquier aporte lícito o ilícito a la actividad política.
Las soluciones propuestas por el Prof. García fueron explicadas de la mano de un análisis comparado con el modelo de tipificación de delitos de cohecho en el Código Penal alemán y español.